miércoles, 8 de diciembre de 2010

Infórmate sobre el contenido de los proyectos de reformas políticas


Los proyectos de ley ingresados por el Ejecutivo el pasado 1 de diciembre traen varias novedades: además de establecer el voto de los chilenos en el extranjero y la inscripción automática, se propone la creación de mesas de votación mixtas y se aumenta el pago a los vocales de mesa, entre otras modificaciones.


Por Sentidos Comunes, (www.sentidoscomunes.cl)
Dos mensajes presidenciales presentó el mandatario el miércoles 1 de diciembre. Mediante ellos, se inician los siguientes proyectos de ley: uno referido a la inscripción automática en los registros electorales y el otro, sobre el voto de los chilenos que viven en el extranjero. Éstas son las principales modificaciones que establece cada una de las iniciativas.
PROYECTO QUE REGULA LA INSCRIPCIÓN AUTOMÁTICA, MODIFICA EL SISTEMA ELECTORAL Y MODERNIZA EL SISTEMA DE VOTACIONES:
Inscripción automática
Existirá un registro electoral de potenciales votantes, que estará a cargo del Servicio Electoral. “En él se inscribirán automáticamente los chilenos nacidos en Chile al cumplir 17 años de edad y los extranjeros y chilenos no nacidos en Chile si se cuenta con antecedentes que acrediten su avecindamiento”, señala el número IV, letra a del mensaje 478-358. El registro electoral no será público.

Quiénes podrán votar
El Servicio Electoral preparará el padrón para cada elección. Para esto, tendrá permanente acceso a los datos electorales del registro civil y del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior. Cada elector será notificado por carta de si está habilitado para votar, información que también podrá consultar en el sitio web del Servicio Electoral. Junto al padrón electoral, el Servel preparará una nómina de las personas inscritas e inhabilitadas para votar.

Mesas de votación mixtas
El proyecto de ley contempla que las mesas de votación ya no estén separadas por sexo. Los electores ya inscritos mantendrán su lugar de votación. Los nuevos electores hombres se asignarán a mesas que antes eran sólo de mujeres y viceversa.

Vocales de mesa por cuatro años
La función de ser vocal de mesa será obligatoria, y su remuneración aumenta a dos tercios de una unidad de fomento -en las elecciones pasadas, a los vocales se les pagaba un bono compensatorio de siete mil pesos. Dos tercios de una UF es aproximadamente el doble. “Serán designados por sorteo entre los 30 electores más capacitados elegidos por la Junta Electoral, durarán 4 años y se renovarán por parcialidades: tres se designan para la elección presidencial y dos para las municipales”, indica el número IV letra C. Habrá una capacitación para los vocales, de asistencia voluntaria.

A la hora de votar
El voto será voluntario, pero si se acude a la mesa de votación, se deberá sufragar en todas las elecciones que se realizan en el mismo acto electoral. Por ejemplo, si las elecciones presidenciales y parlamentarias se realizan conjuntamente, el elector deberá votar en ambas.

Cambios al Servicio Electoral
Este organismo será más independiente y será dirigido por un consejo. Cuatro de sus cinco miembros serán escogidos por el Presidente de la República, en acuerdo con 3/5 del Senado, y durarán ocho años en su cargo. El quinto miembro será designado por el Presidente.

PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL PARA PERMITIR EL VOTO DE LOS CHILENOS EN EL EXTRANJERO
Se estima que actualmente hay 800 mil chilenos viviendo en el extranjero, principalmente en Argentina, Estados Unidos y Europa. La Constitución establece el derecho a voto para todos los ciudadanos chilenos, sin excepción. Sin embargo, los chilenos en el exterior no pueden votar a menos de que vengan a Chile a hacerlo, pues no hay legislación respecto de la forma en la que podrían ejercer su derecho.
El proyecto de reforma constitucional plantea que aquellos chilenos que estén en el extranjero y que mantengan ciertos vínculos con Chile puedan votar. Las características de estos vínculos quedarán establecidas en la ley respectiva. Según la iniciativa ingresada al Congreso, el requisito se traduce en que el chileno en el extranjero debe haber permanecido en Chile cinco meses, de forma continua o discontinua, en los últimos ocho años para poder sufragar .
Además, el proyecto establece: “El resguardo del orden público por parte de las Fuerzas Armadas en los actos eleccionarios y plebiscitarios es solo en el territorio nacional y no en los locales de votación que se instalen al efecto en el extranjero” (ítem V, letra b del mensaje 509-358).

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